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Si te despiden en Perú: qué te corresponde y en qué plazo

La indemnización de 1.5 sueldos por año con tope de 12, el plazo de 30 días hábiles y por qué nunca debes firmar una renuncia.

1.5 sueldos: por año trabajado, con tope de 12

Nadie planea que lo despidan, y justo por eso conviene saber qué te corresponde
antes de que pase. Porque la diferencia entre firmar una renuncia y
reclamar un despido arbitrario pueden ser varios meses de sueldo.

Lo primero: no todos los despidos son iguales

Tipo Qué significa Indemnización
Con causa justa Falta grave comprobada, con procedimiento previo No corresponde
Arbitrario Sin causa, o sin poder demostrarla
Nulo Por causas prohibidas (discriminación, embarazo, sindicalización) Reposición

La clave es esta: si no hay causa justa demostrada y con procedimiento, el
despido es arbitrario
y genera indemnización.

Cuánto es la indemnización por despido arbitrario

En el régimen laboral privado, la fórmula es:

1.5 remuneraciones mensuales por cada año completo de servicios, con
un tope máximo de 12 remuneraciones.

Las fracciones de año se calculan por dozavos y treintavos, así que
los meses y días adicionales también cuentan.

La remuneración que se usa para el cálculo es la ordinaria mensual
computable
: tu básico más comisiones y bonificaciones de naturaleza permanente.

La tabla, con un sueldo de S/ 2,300

Años de servicio Cálculo Indemnización
1 año 1.5 × 2,300 S/ 3,450
3 años 4.5 × 2,300 S/ 10,350
5 años 7.5 × 2,300 S/ 17,250
8 años 12 × 2,300 (tope) S/ 27,600
15 años tope alcanzado S/ 27,600

Fíjate en el tope: a partir de los 8 años de servicio, la indemnización deja de crecer.
Son 12 remuneraciones como máximo, por muchos años que lleves.

Y además, tu liquidación

La indemnización se suma a lo que te corresponde de todos modos:
sueldo trunco, CTS trunca, vacaciones truncas y gratificación trunca con su bonificación
del 9%. Lo desglosamos en
cuánto te toca de liquidación.

Renunciar o ser despedido, con 5 añosSueldo S/ 2,300
Renuncias
Despido arbitrario
S/ 5,563
Liquidación de beneficios
S/ 5,563
S/ 0
Indemnización
S/ 17,250
S/ 5,563
Total
S/ 22,813

La diferencia son S/ 17,250. Es exactamente la razón por la que nunca hay que firmar una renuncia cuando la salida no fue tu decisión.

El plazo: 30 días hábiles

Tienes 30 días hábiles desde el despido para interponer la demanda
ante el juzgado laboral. Es un plazo corto y se vence rápido entre el desconcierto de los
primeros días.

Si te despidieron y crees que fue arbitrario, cuenta los días desde hoy
y no dejes que el plazo corra mientras decides.

Lo que hay que hacer el mismo día

  1. No firmes nada que diga «renuncia» si no renunciaste. Ni por presión
    ni «para cobrar más rápido».
  2. Pide la carta de despido por escrito con el motivo. Si te despiden
    verbalmente y sin causa, eso favorece tu posición.
  3. Guarda todo: correos, mensajes, tu contrato, tus boletas de los
    últimos meses.
  4. Anota la fecha exacta y empieza a contar los 30 días hábiles.
  5. Consulta antes de aceptar un acuerdo. El Ministerio de Trabajo
    orienta gratis.

La presión más común y cómo responderla

La escena típica: te dicen que firmes la renuncia «para que todo sea más rápido y no
tengas problemas con la referencia laboral». Suena amable y te cuesta, en el ejemplo de
arriba, S/ 17,250.

La respuesta puede ser simple y sin conflicto: «prefiero revisarlo antes de
firmar cualquier documento»
. No estás acusando a nadie, y nadie puede obligarte a
firmar en el momento.

Por qué esto importa aunque quieras emprender

Muchas personas que iban a montar un negocio acabaron financiándolo con una
indemnización que no sabían que les correspondía. Y otras tantas firmaron una renuncia y
perdieron ese capital.

Si te despiden y cobras lo que te toca, tienes
capital real para arrancar. Si firmas lo que no
debías, empiezas con la mitad.

Setiembre de 2026. La fórmula de 1.5 remuneraciones por año con tope de 12, el
cálculo por dozavos y treintavos, la remuneración computable y el plazo de 30 días
hábiles corresponden al régimen laboral de la actividad privada peruana. Esto es
información general y no asesoría legal: consulta tu caso con el Ministerio de Trabajo o
un abogado laboralista, sobre todo por el plazo.